FIANZA EXCESIVA EN EL AMPARO.
Si se interpone queja contra el auto pronunciado por la autoridad responsable, en el incidente de suspensión correspondiente a un amparo directo, por el cual se señaló determinada cantidad como monto de la fianza que debía otorgarse para que fuera concedida la suspensión, por estimarse excesiva dicha cantidad, el recurrente, debe probar este extremo, y si no lo hace y no existen elementos de los cuales se desprende que efectivamente la fianza sea excesiva, la queja debe declararse infundada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352566-636a8c71/fianza-excesiva-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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