APELACION, DESERCION DEL RECURSO DE.
La resolución por la cual se declara desierto el recurso de apelación y ejecutoriado el fallo de primera instancia, hace cesar la jurisdicción del tribunal de alzada, y por lo mismo, este ya no se encuentra capacitado legalmente, para mandar tramitar un incidente de nulidad, promovido ante el propio tribunal, por la parte que interpuso el recurso de apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352630-a1a7e3cc/apelacion-desercion-del-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2574/41. Sastré José Luis. 29 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan el el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXII, página 4867, tesis de rubro "APELACION, DESERCION DEL RECURSO DE.".
Jurisprudencia relacionada
- APELACION, DESERCION DEL RECURSO DE. (s/clave)
- APELACION, RECHAZAMIENTO DE LA. (s/clave)
- APELACION, JURISDICCION EN CASO DE DESERCION DE LA. (s/clave)
- APELACION, FALTA DE REENVIO EN LA. (s/clave)
- APELACION INDEBIDAMENTE ADMITIDA. (s/clave)
- APELACION, FACULTADES DEL TRIBUNAL DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis