RENUNCIAS LEGALES, TERMINOS EN QUE DEBEN HACERSE.
Las renuncias que legalmente pueden hacer los contratantes, no producen efecto alguno si no se expresan en términos claros y precisos, citándose la ley cuyo beneficio se renuncia, por tanto, si se renuncian genéricamente las leyes que se dicten en lo sucesivo y que no se sabe en el momento del contrato, cuales pueden ser, y si serán de interés público, la renuncia es ineficaz.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352713-76d646ad/renuncias-legales-terminos-en-que-deben-hacerse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1682/41. Garza Evia viuda de Martínez Ancira Luz, sucesión de. 22 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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