COPIA CERTIFICADA DE CONSTANCIAS PARA EL AMPARO DIRECTO, FALTA DE.
Deben estimarse infundados los agravios que alegue el quejoso, si éste solamente acompañó a su demanda de amparo, para comprobar los hechos en que la funda, copia certificada de la sentencia reclamada, y dicha copia no es bastante para poder apreciar si son ciertos los mencionados agravios, por ser necesarias para tal estimación, copias certificadas de otras constancias de los autos; de modo que si por la falta de estas últimas copias, no aparecen justificados los agravios aducidos, debe negarse el amparo porque la protección federal no puede concederse a quien no pruebe que los actos que reclama han vulnerado sus derechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353246-7172ddae/copia-certificada-de-constancias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO. (s/clave)
- COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO. COPIA CERTIFICADA DE CONSTANCIAS DEL JUICIO CIVIL O BIEN LOS AUTOS ORIGINALES. SE DEBEN APORTAR POR EL QUEJOSO PARA DEMOSTRAR LOS CONCEPTOS DE VIOLAC (672)
- COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO. (s/clave)
- COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO. (s/clave)
- COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO. (s/clave)
- COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis