Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CESION DE DERECHOS EMBARCADOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 353626 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3432

Ni la cesión de derechos embargados, ni su inscripción en el registro, pueden afectar los intereses jurídicos del embargante, pues el gravamen del secuestro pesará, mientras no se cancele, sobre los derechos embargados, aun cuando éstos pasen a poder de tercero, ya que no puede el causahabiente tener mayores derechos que su causante; por otra parte, el derecho de preferencia que sobre los bienes embargados corresponde al embargante, derecho que hoy reconocen expresamente los nuevos Códigos Civiles, como aparece de la fracción IX del artículo 2993 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, seguirá teniéndolo dicho embargante, aun después de la cesión de los bienes, sin que para ello sea necesario que la escritura respectiva se haya hecho constar, para conocimiento del adquirente, la existencia del embargo de los bienes enajenados, bastando que éste conste inscrito en el registro.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353626-055fd5d4/cesion-de-derechos-embarcados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 2559/41. Márquez de Gallego María Refugio. 2 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis