GANADO, PRUEBA DE LA PROPIEDAD DEL (LEGISLACION DE JALISCO).
No es exacto que el artículo 23 de la Ley de Ganadería del Estado de Jalisco, exija para comprobar la propiedad del ganado mayor, además del fierro y marca de fuego, a que se contrae el inciso a), de dicho precepto, la factura, papel de venta o cualquier otro documento que acredite esa propiedad, pues debe estimarse que la citada disposición legal no quiere que concurran todos y cada uno de los requisitos que la misma señala como medios para acreditar la propiedad de un ganado, bastando el fierro o marca de fuego para que se tenga por acreditada la propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353816-4a2c1e5b/ganado-prueba-de-la-propiedad-del-legislacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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