PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
Los extraños al juicio en que se ejecuta el acto que reclaman en amparo, no están obligados en manera alguna a agotar los recursos ordinarios que la ley establece, antes de ocurrir al juicio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354630-1c64e7e9/persona-extrana-al-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 5555/38. González Flores Andrés y coagraviados. 13 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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