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Modo: Corpus Pro

REVOCACION, PROCEDENCIA DE LA (LEGISLACION DE PUEBLA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 354744 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2527

Cuando el artículo 487 del Código Civil del Estado de Puebla habla de que la revocación no procede, cuando la ley disponga expresamente otra cosa, no quiere aludir a cualquiera disposición legal sobre el efecto de una resolución judicial, sino a una prevención particular, sobre la inadmisibilidad de la revocación o sobre la procedencia de la apelación, que excluye a la misma revocación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354744-c2ea97ee/revocacion-procedencia-de-la-legislacion-de-puebla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 3721/39. Tejeda viuda de Moreno Manuela. 3 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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