RECURSOS ORDINARIOS, IMPOSIBILIDAD DE INTERPONER LOS.
Cuando los actos reclamados en amparo ocurren en el período de ejecución de un fallo, no es posible que suceda el caso de que se dicte sentencia en la cual pueden ser modificados, revocados o nulificados, revocados o nulificados tales actos y, por tanto, el amparo contra ellos no es improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354778-43330882/recursos-ordinarios-imposibilidad-de-interponer-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 7771/39. Candil Gonzalo, sucesión de. 14 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz, no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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