PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
Las determinaciones de los Jueces que niegan la recepción de una prueba, deben ser reclamadas mediante el recurso que da la ley y si éste no se hace valer, aquellas determinaciones causan estado y ya no es posible discutirlas por vía de agravio, en la alzada, y menos en el juicio constitucional, porque teniendo dichas violaciones el carácter de procesales, para poder discutirlas en un juicio de amparo, es indispensable usar antes en su contra, de los recursos ordinarios que concede la ley, alegarlas por vía de agravio en la apelación, y, en su caso, formular la protesta respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355584-f4b856ca/procedimiento-violaciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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