REVOCACION.
Si un auto implica forzosamente una revocación a una providencia anterior y no se hizo valer, ni por consiguiente se tramitó recurso alguno de revocación, está fuera de toda duda que tal acto es ilegal, pues el Juez careció de facultades para revocar, por contrario imperio, la providencia mencionada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355785-64aa6aec/revocacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 8239/38. Garza de la Fuente Rafael. 21 de septiembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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