PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
No puede decirse que el Juez aprecie indebidamente una prueba pericial, para condenar al pago de unos honorarios que se diga no se reclamaron en la demanda, si en diversos puntos de ésta, consta tales honorarios es lo que se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355810-4881c016/prueba-pericial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 7097/35. Juanes Gutiérrez Eufemia y coagraviada. 18 de abril de 1939. Mayoría de tres votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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