PAGARES, INEXISTENCIA DE LA FALSEDAD CIVIL DE LOS.
La circunstancia de que un pagaré no exprese la operación mercantil de que deriva, como lo requiere la fracción VI del artículo 546 del Código de Comercio, no implica la falsedad del contrato contenido en ese documento, porque dicha falsedad requiere la prueba legal de que la operación de que dimanó, no fue mercantil; pero ni lógica ni jurídicamente puede consistir en la ocultación de la operación efectuada, toda vez que el hecho de que el pagaré se encuentre extendido a la orden, lo constituye en acto de comercio, conforme a la facción XX del artículo 75 del propio ordenamiento, salvo la prueba de que se deriva de una causa extraña al comercio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355900-85025101/pagares-inexistencia-de-la-falsedad-civil-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PAGARES. (s/clave)
- PAGARES MERCANTILES. (s/clave)
- PAGARES. (s/clave)
- PAGARES MERCANTILES. (s/clave)
- PAGARES NOMINATIVOS. (s/clave)
- PAGARES, FUERZA PROBATORIA DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis