HEREDEROS, SUSPENSION TRATANDOSE DE REVOCACION DE RECONOCIMIENTO DE.
La Suprema Corte ha sustentado el criterio de que deben entenderse por actos negativos, aquellos en que la autoridad responsable se rehusa a hacer algo, y si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia que, revocando la de primera, declara que no son de reconocerse los derechos hereditarios del quejoso, esa resolución entraña un acto esencialmente negativo contra el cual no procede la suspensión; ni tampoco contra los efectos de dicha negativa, pues conceder la suspensión equivaldría a darle al acto efectos restitutorios, los cuales son propios de la sentencia que se dictó en cuanto al fondo del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356659-01d014b5/herederos-suspension-tratandose-de-revocacion-de-reconocimiento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- HEREDEROS, SUSPENSION IMPROCEDENTE DE LA RESOLUCION QUE LOS DESCONOCE. (s/clave)
- HEREDEROS, SUSPENSION TRATANDOSE DEL DESCONOCIMIENTO DE LOS. (s/clave)
- HEREDEROS, SUSPENSION CONTRA LA RESOLUCION QUE LES DESCONOCE TAL CARACTER. (s/clave)
- HEREDEROS, SUSPENSION IMPROCEDENTE DE LA DECLARACION QUE LOS RECONOCE. (s/clave)
- DERECHOS HEREDITARIOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE. (s/clave)
- DERECHO AL TANTO, SUSPENSION TRATANDOSE DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis