ESTADO CIVIL, INTERVENCION DEL MINISTERIO PUBLICO EN LA RECTIFICACION DE ACTAS DE.
La intervención del Ministerio Público en los juicios de rectificación de actas de estado civil, no puede, en manera alguna, coartar el más amplio ejercicio de la función jurisdiccional del tribunal de alzada, ya que en esta clase de juicio, el citado funcionario no tiene otro papel que el de una simple parte, y su función no es, ni con mucho, la que estatuye el artículo 21 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357191-0c005f56/estado-civil-intervencion-del-ministerio-publico-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6705/33. Lara Chávez Dolores. 19 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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