ARRENDAMIENTO, DESCONOCIMIENTO DEL CONTRATO DE.
Si no hay constancia de que el desconocimiento del contrato de arrendamiento de un inquilino, se haya hecho dentro del expediente administrativo correspondiente, fundándose en pruebas bastantes para estimar que aquél haya intervenido directo o indirectamente en los hechos motivo de la nacionalización que dio origen a tal desconocimiento, sino que éste sólo aparece en el informe justificado que rindió la autoridad responsable en el amparo que contra tal acto se pidió, y el contrato vigente no se ha extinguido legalmente, la mencionada autoridad no puede ordenar al quejoso que celebre con ella nuevo contrato, en sustitución definitiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357376-5462f786/arrendamiento-desconocimiento-del-contrato-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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