FIANZA EN AMPARO, DECLARACION DE INSUFICIENCIA DE LA.
Si la fianza que se otorga en un juicio de amparo, queda sin efecto, en virtud de haberse admitido la contrafianza propuesta por el tercero perjudicado, y con posterioridad el Juez de Distrito deja sin efectos la fianza que otorgó el quejoso, por haberse comprobado que la capacidad económica del fiador era insuficiente, y se reclama en queja esa última resolución, ese recurso es improcedente, puesto que la resolución recurrida no es de naturaleza trascendental y grave, que pueda causarle daño o perjuicio no reparable en la sentencia definitiva, ya que si en virtud de la contrafianza, la suspensión quedó sin efecto, en nada puede agravar al quejoso el auto combatido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357428-db41ebf6/fianza-en-amparo-declaracion-de-insuficiencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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