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Modo: Corpus Pro

EXTEMPORANEIDAD DE UN RECURSO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 357501 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1199

No puede decirse que se violan los derechos de quien interpone un recurso que se declara extemporáneo, si antes no se le oyó para defenderse sobre tal declaración de extemporaneidad, pues exigir que la autoridad citara al afectado para oír sobre la extemporaneidad de su solicitud, equivaldría a suponer que aquella está obligada a anunciar el sentido de su futura resolución.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357501-da957977/extemporaneidad-de-un-recurso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2065/30. Galán María de la Concepción. 30 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.

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