FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA.
Cuando el efecto de la suspensión consista en detener la continuación de un juicio ya instaurado, en el cual se demande una cantidad cierta y determinada, y como consecuencia de ella, detener el cumplimiento de las obligaciones que puedan resultar a la parte demandada, la estimación de los daños y perjuicios que la suspensión puede causar, debe hacerse computando esos perjuicios, en la forma de intereses legales, por todo el tiempo que racionalmente se estime que puede durar la tramitación del juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358182-4249c539/fianza-en-amparo-monto-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FIANZAS EN EL AMPARO, CUANTIA DE LAS. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA. (1118)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (DESOCUPACION). (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis