Corpus
Modo: Corpus Pro

PAGARES PERJUDICADOS, ENDOSO DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 358369 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 754

El Código de Comercio en sus artículos 480 y 549, no autoriza, sino antes bien prohibe, en términos precisos y absolutos, el endoso de los pagarés perjudicados, carácter que según los artículos 493 y 549 del propio ordenamiento; tienen los documentos que no fueron oportunamente protestados; y el endoso que se hace en estas condiciones, carece de toda validez y eficacia legales, pues según el artículo 7o. del Código Civil, aplicado supletoriamente, lo que se hace contra el tener de las leyes prohibitivas, se encuentra afectado de nulidad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358369-cccaa467/pagares-perjudicados-endoso-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Recurso de súplica 76/31. Betanzo Gabriel. 1o. de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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