HEREDEROS, REQUISITOS PARA QUE PUEDAN EJERCITAR SUS ACCIONES CONTRA LA SUCESION.
Cumplida, o no, la obligación de rendir cuentas por parte de un albacea, y salvo la facultad del heredero para exigir judicialmente esa rendición, la circunstancia de no haberse rendido aquéllas, implica que no pueda estimarse como líquida la reclamación del heredero, que está subordinada, para el efecto de su reclamación, a la rendición de cuentas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358431-ed5a20d7/herederos-requisitos-para-que-puedan-ejercitar-sus-acciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5512/34. Fraustro viuda de Paez Enriqueta. 3 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- HEREDEROS DE UNA SUCESION, ACCION CONTRA LOS. (s/clave)
- HEREDEROS, REQUERIMIENTO A LOS. (s/clave)
- ALBACEAS QUE SON LEGATARIOS, RENDICION DE CUENTAS POR LOS. (s/clave)
- CUENTAS, RENDICION DE LAS. (s/clave)
- SUCESIONES. (s/clave)
- ALBACEAS, RENDICION DE CUENTAS, POR LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis