DEUDORES MANCOMUNADOS, RESPONSABILIDAD DE LOS.
Es indudable que para que uno de los deudores mancomunados sea responsable de toda la deuda de los otros codeudores, no basta que él hubiere recibido la cantidad dada en préstamo, sino que es preciso, además, que él solo la aproveche.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358696-29304f2c/deudores-mancomunados-responsabilidad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 64/30. Suárez José V. y coagraviada. 11 de junio de 1936. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DEUDORES MANCOMUNADOS. (s/clave)
- DEUDORES SOLIDARIOS, OBLIGACIONES DE LOS. (s/clave)
- DEUDORES MANCOMUNADOS, ACCION CONTRA LOS. (s/clave)
- OBLIGACION MANCOMUNADA. (s/clave)
- DEUDORES MANCOMUNADOS (s/clave)
- OBLIGACIONES MANCOMUNADAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis