Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

FIANZA EN AMPARO DIRECTO, CON RELACION A DERECHOS QUE NO SON ESTIMABLES EN DINERO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 358720 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3253

Conforme al artículo 125, párrafo II, de la Ley de Amparo, cuando con la suspensión puedan afectarse derechos de tercero perjudicado, que no sean estimables en dinero, la autoridad que conozca del amparo, fijará discrecionalmente el importe de la garantía; por tanto, tratándose de una sentencia de divorcio, debe exigirse fianza, en los términos de dicho artículo, si la cónyuge que pide el amparo, afirma en la demanda, que tiene derecho a percibir alimentos, entre tanto se dicte la sentencia en el juicio constitucional; caso en el cual existe un interés pecuniario.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358720-6d36d115/fianza-en-amparo-directo-con-relacion-a-derechos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 190/36. Aldrete de Isaís Sara. 22 de junio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis