FALSEDAD HECHA VALER EN AMPARO.
Si en la audiencia constitucional se objeta de falso un documento y el Juez de Distrito difiere la audiencia, reservándose para proveer sobre dicha petición, en la fecha en que tenga lugar la propia audiencia, es improcedente la queja que se enderece contra la mencionada resolución, puesto que el perjuicio que pudiera causarse es susceptible de ser reparado al verificarse la tan repetida audiencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358898-4e1c0ff3/falsedad-hecha-valer-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 443/35. Díaz Serapio, sucesión de. 10 de febrero de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DOCUMENTOS FALSOS, PRESENTADOS EN EL AMPARO. (s/clave)
- RESOLUCION SOBRE OBJECION DE DOCUMENTOS. ES ATACABLE AL INTERPONERSE REVISION CONTRA LA SENTENCIA CONSTITUCIONAL QUE SE PRONUNCIE EN EL AMPARO, NO EN QUEJA. (IV. 2o. 98 K)
- DOCUMENTOS FALSOS PRESENTADOS EN EL AMPARO. (s/clave)
- AUDIENCIA EN EL AMPARO, QUEJA CONTRA LA RESOLUCION QUE ANTICIPA LA FECHA DE CELEBRACION DE LA. (s/clave)
- DOCUMENTOS FALSOS EN EL AMPARO. (s/clave)
- AUDIENCIA EN EL AMPARO, NEGATIVA A DIFERIRLA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis