AGRAVIOS EN LA SUPLICA.
La expresión de agravios en la súplica, es indispensable para poder resolver sobre la exacta o inexacta aplicación de la ley, y dicho requisito no puede considerarse subsanado con que se haga referencia a lo que se dijo en segunda instancia, porque la reclamación entonces formulada, se referiría a una resolución distinta a la que se recurre en súplica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358986-31f4bc61/agravios-en-la-suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 155/32. De la Lama y Basurto, S.A. 7 de marzo de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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