DEPOSITARIO, SUSPENSION TRATANDOSE DEL CAMBIO DE.
Si se reclama en amparo la orden para que el demandado nombrado depositario en un embargo, entregue los bienes, materia de éste, al nuevo depositario, la suspensión debe negarse, puesto que no se causan al quejoso perjuicios de difícil reparación, ya que no poseía los bienes en nombre propio y éstos siguen en la misma situación jurídica de embargados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359115-21b80492/depositario-suspension-tratandose-del-cambio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 111/35. Lara Agustín. 5 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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