DOCUMENTOS PRIVADOS, VALOR PROBATORIO DE LOS.
Los documentos privados presentados por el demandado en juicio, hacen prueba en su contra, de acuerdo con lo que dispone el artículo 417 del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Distrito Federal, sin necesidad de que los mismos ostenten la firma de quien los trae a los autos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359465-3bec5668/documentos-privados-valor-probatorio-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4208/33. Rebolledo Miguel. 4 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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