EMBARGO EN JUICIO EJECUTIVO, AMPLIACION DEL (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES).
La ampliación de un embargo acordado por la autoridad judicial, para ejecutar una sentencia pronunciada en un juicio ejecutivo mercantil, es un acto que, aun ejecutado después de concluido el juicio ejecutivo de que emana, constituye un acto que, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no puede reclamarse en juicio de garantías, ya que el auto que decide sobre la aprobación o desaprobación del remate, resolverá si la ampliación de embargo adolece, o no, de los defectos que le atribuye el quejoso, en su demanda de amparo, y cuando de no obtener la reparación de esos defectos al dictarse el auto que apruebe o repruebe el remate, puede obtenerla en la apelación que el propio auto admite de acuerdo con la ley procesal civil vigente en el Estado de Aguascalientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359501-77e934a2/embargo-en-juicio-ejecutivo-ampliacion-del-legislacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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