COSTAS EN LA SUPLICA.
Si la sentencia de súplica es conforme de toda conformidad con la de segunda instancia, y el suplicante no obtuvo sentencia a su favor en primera instancia, debe ser condenado en las costas de la súplica (artículo 146 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 104 de la Constitución Federal).
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360356-0f1fe653/costas-en-la-suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 260/33. Pérez Ernesto. 19 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS EN LA SUPLICA. (s/clave)
- COSTAS EN SUPLICA. (s/clave)
- COSTAS EN LA SUPLICA. (s/clave)
- COSTAS EN SUPLICA. (s/clave)
- COSTAS EN SUPLICA. (s/clave)
- COSTAS EN SUPLICA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis