Corpus
Modo: Corpus Pro

ALIMENTOS EN EL ESTADO DE JALISCO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 360369 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2953

Su monto, en el caso de inoficiosidad de testamento, debe guardar relación con el capital sucesorio y con el valor de la porción que debiera recibir el acreedor alimentista, si hubiese de heredar; pero no deben tomarse en cuenta el importe de las pensiones que aquél percibía en vida del autor de la sucesión, ni que la muerte de éste cause al acreedor, la falta de trabajo, por no ser elementos que la ley del Estado de Jalisco exija.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360369-aeeaa977/alimentos-en-el-estado-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 31/35. López Portillo viuda de Sepúlveda Guadalupe y coags. 21 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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