COMISION MERCANTIL.
Para reclamar los intereses legales adeudados por el comitente, al comisionista, es necesario que éste presente cuenta justificada de los gastos y desembolsos, sólo cuando se le hubiere entregado en varias partidas o especies, la cantidad que se le demanda, y que, con este motivo, el comisionista hubiere hecho algunos gastos o los reclamare por otro concepto; pero si el comitente entregó la cantidad que reclama, en una sola partida, y no se demanda gasto alguno por este concepto, la cuenta justificada de que se ha hablado, no es necesaria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360838-6407b968/comision-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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