Corpus
Modo: Corpus Pro

COSTAS, CUANDO NO HAY LUGAR A CONDENAR EN ELLAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 360841 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 865

Si en la sentencia que se pronuncie en un juicio seguido ante un Juzgado Menor, no se hace expresa condenación en costas, y si, posteriormente se dicta una resolución en el sentido de que dicha sentencia había sido cumplida por el demandado con una exhibición de dinero que hizo ante el Juzgado, y se manda levantar el embargo, y esa resolución fue consentida por la misma parte actora, procede declarar firme la resolución que repruebe la planilla de gastos y costas que se presente por el actor y por tanto, al hacer tal declaración, ninguna violación de garantías constitucionales se comete.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360841-80942f46/costas-cuando-no-hay-lugar-a-condenar-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 6423/33. Asensio Manuel B. 26 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.