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Modo: Corpus Pro

QUIEBRA FRAUDULENTA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 361260 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1045

Hay quiebra fraudulenta cuando el fallido oculta dinero, efectos, créditos u otros bienes; cuando no se comprueba la existencia o salida del efectivo de su último inventario o la del dinero o valores que hubieren entrado en su poder, con posterioridad a la facción de ese documento, y cuando supone deudas, gastos o pérdidas o exagera su monto o hace aparecer en favor o en contra de sus bienes, acciones u obligaciones que en realidad no existen.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361260-4c51662a/quiebra-fraudulenta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2617/29. Bueso y Pantoja. 1o. de febrero de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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