COSTAS, ESTIMACION DE LAS.
Si la autoridad judicial hace tan sólo un examen global de la planilla de costas que le es presentada, sin expresar cuáles partidas de la planilla de regulación acepta y cuáles desecha, no obstante que la parte afectada hace una objeción pormenorizada de diversas partidas de la propia regulación, es procedente el amparo que contra la sentencia respectiva se interponga, para el efecto de que la autoridad responsable dicte nueva resolución, en la que examine detalladamente cada una de las partidas objetadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361474-e531a63e/costas-estimacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4571/33. Redo y Compañía, Sucesores. 7 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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