PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
El artículo 3o. de la Ley de Amparo, sólo se refiere a la personalidad de quien lo promueve.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361500-2fdfbaa9/personalidad-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4395/33. Perea Anastasia y coagraviados. 12 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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