ESCRITURAS PUBLICAS, FUERZA PROBATORIA DE LAS.
Si se presenta una copia certificada de una escritura de compraventa, con relación a un bien inmueble, no se puede dejar de tomar en consideración ese documento, porque el vendedor lo impugne de falso, si la averiguación relativa no ha terminado, pues la simple alegación de falsedad no puede considerarse como un vicio que haga dudar de la certidumbre de la operación que consta en el mencionado documento y ese título es de los que producen derechos que tienden a demostrar la posesión del inmueble, a favor del adquiriente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361714-904b34e1/escrituras-publicas-fuerza-probatoria-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROPIEDAD, PRUEBA DE LA (CERTIFICACIONES DEL REGISTRO PUBLICO). (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO. SUS CERTIFICACIONES NO DEMUESTRAN LA PROPIEDAD. (s/clave)
- ESCRITURAS PRIVADAS REGISTRADAS, FUERZA DE LAS. (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO, PRUEBA DE LA PROPIEDAD DE INMUEBLES POR MEDIO DE CERTIFICADOS EXPEDIDOS POR EL ENCARGADO DEL. (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, INSCRIPCIONES EN EL (PROPIEDAD, PRUEBA DE LA). (s/clave)
- ESCRITURAS PUBLICAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis