Corpus
Modo: Corpus Pro

EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, TERCERIAS EN CASO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 361747 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1831

Si un Juez del orden común, al estar cumplimentando, por delegación, una ejecutoria de amparo, da entrada a una tercería de preferencia de derechos, no encaminándose la queja, concretamente, contra la autoridad a quien corresponde originariamente cumplimentar la citada sentencia de amparo, no debe dictarse resolución sobre el fondo, en dicha queja, sino que debe requerirse a la autoridad respectiva para que, en un término perentorio, cumplimente la ejecutoria, a fin de que se hagan saber a la Suprema Corte las razones que haya podido tener para obrar en la forma en que lo hizo, y entonces será la oportunidad de declarar la procedencia de la queja en cuanto al fondo de la cuestión.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361747-8fca152b/ejecucion-de-sentencias-de-amparo-tercerias-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 72/31. Ríos Manuel. 6 de noviembre de 1933. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Ricardo Couto, Alfonso Pérez Gasga y Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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