INTERDICTO DE RECUPERAR LA POSESION, PROCEDENCIA DEL.
Para que proceda el interdicto de recuperar la posesión, el actor debe comprobar, cumplidamente, durante el juicio, los dos elementos siguientes: que le corresponde la posesión del predio de que se trata y que esa posesión le fue arrebatada por la persona que demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361809-daa4d41a/interdicto-de-recuperar-la-posesion-procedencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2661/33. Rivera viuda de De la Garza María del Refugio. 1o. de diciembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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