REBELDIA DEL DEMANDADO.
Si por no haber contestado la demanda oponiendo excepciones, a pesar del traslado que se le corrió, se tiene por acusada la rebeldía del demandado y se cita a las partes para sentencia de remate, es lógico que habiendo causado estado el auto relativo, no puede la autoridad judicial, revocar la sentencia de remate, invocando como razón, el demandado, la falta de emplazamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362926-39dcd990/rebeldia-del-demandado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 364824. Picamilh Paulina Luisa Victoria. 26 de agosto de 1932. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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