QUEJA EN AMPARO.
La queja en el amparo, no hace improcedente el juicio de garantías contra el acto que motivó la queja, porque ésta tiene por fin enmendar el exceso o defecto en que haya incurrido la autoridad responsable, al cumplir la sentencia dictada en un juicio de amparo y este sirve para reclamar la violación que, a juicio del quejoso, se ha cometido al pronunciar la nueva sentencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363010-27acfd0f/queja-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3829/27. Vargas de Rodríguez Trinidad. 26 de enero de 1932. Mayoría de tres votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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