APELACION EN LOS JUICIOS MERCANTILES.
Si las sentencias de apelación revocan las de primera instancia, sin resolver sobre las cuestiones discutidas en el juicio, y sólo para el efecto de que el inferior pronuncie nuevamente sentencia, como la jurisdicción de éste, termina al admitir la apelación, y pasa al tribunal de alzada, que debe resolver el negocio en cuanto al fondo, se violan las disposiciones de los artículos 1324 y 1325 del Código de Comercio, y procede, de acuerdo con lo mandado en el artículo 132 de la ley reglamentaria de los 103 y 104 constitucionales, declarar la nulidad del procedimiento, a partir de la sentencia del tribunal de apelación y ordenar que desde ahí se reponga.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363052-484bd7f1/apelacion-en-los-juicios-mercantiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- APELACION EN MATERIA MERCANTIL. CUESTIONES QUE DEBE ABARCARLA. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA MERCANTIL. (52)
- APELACION EN MATERIA MERCANTIL. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA MERCANTIL, SUSTANCIACION DE LA. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA MERCANTIL. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA MERCANTIL, NO EXISTE EL REENVIO. (XXII.19 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis