APREMIO, MEDIDAS DE.
El arresto como medida de apremio, no tiene un carácter penal, que amerite precisamente el ejercicio de la acción por parte del Ministerio Público, sin que pueda considerarse que en estos casos, previstos por la ley procesa civil, se trata de la comisión de un delito que deba perseguirse por aquél, sino simplemente de disposiciones encaminadas a realizar y hacer efectivo el imperio de que están revestidas las autoridades judiciales para hacer cumplir sus determinaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363105-f40da9cb/apremio-medidas-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 106/31. Jasso Fermín. 5 de marzo de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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