NACIONALIZACION DE BIENES.
Cuando el acto reclamado consiste en que dentro de un juicio de nacionalización, se impide que la nación proceda desde luego a la ocupación o administración del bien que se trata de nacionalizar, aun cuando es cierto que es acto de procedimiento que puede remediarse en la sentencia, también lo es que debe tenerse en cuenta que la ocupación de ese bien, dimana de lo prescrito en el artículo 27 constitucional, por lo cual el amparo que se interponga contra ese acto, no debe desecharse por improcedente, aplicando estrictamente la jurisprudencia establecida sobre cuestiones procesales; pues es indudable que para una cuestión de esa naturaleza se resuelva atinadamente, requiere mayor amplitud en su estudio, por lo que debe admitirse la demanda de amparo y tratamiento conforme a la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363150-459733da/nacionalizacion-de-bienes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NACIONALIZACION DE BIENES. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES. (s/clave)
- NACIONALIZACIÓN DE BIENES.- (1950)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis