NULIDAD.
Cuando un contrato está afectado de nulidad, en tanto que esa nulidad no se haya declarado, el contrato surte sus efectos legales, tal como aparece celebrado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363165-b943ea68/nulidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2895/30. Ceballos viuda de Méndez Concepción, sucesión de. 7 de abril de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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