APEO Y DESLINDE.
Las diligencias de apeo y deslinde, no prueban más, sino que las mismas se llevaron a cabo en los términos del acta relativa, y como diligencias de jurisdicción voluntaria, no afectan sino a las partes que en ellas intervienen, y su efecto se limita al objeto que las motivó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364795-69ddb331/apeo-y-deslinde · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 221/26. Tlaltizapán, Vecinos de. 1o. de febrero de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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