QUIEBRA DE UNA SOCIEDAD.
Tratándose de una sociedad en nombre colectivo, la quiebra de la sociedad importa la de los socios; en consecuencia, los socios de una sociedad colectiva declarada en quiebra, no pueden comparecer en juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364798-cb690471/quiebra-de-una-sociedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1572/28. Santos José María. 21 de septiembre de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto Vázquez del Mercado y Juan José Sánchez. Relator: Francisco H. Ruiz.
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