NACIONALIZACION DE BIENES.
Como en el juicio respectivo, la nación tiene el carácter de parte, los perjuicios que de momento pudiera sufrir, por no entrar en posesión de las fincas cuya nacionalización se pretende, son reparables mediante fianza, debiendo concederse la suspensión con ese requisito, para proteger la posesión que alguien tenga respecto de esos bienes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365306-1046fa2b/nacionalizacion-de-bienes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Villegas Juan. 8 de junio de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos Salcedo. Disidente: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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