PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS.
El auto por el que se niega el levantamiento de una providencia precautoria, no es recurrible en amparo, porque ni constituye violación sustancial del procedimiento, ni encierra ejecución alguna, puesto que el Juez se niega a verificar un acto de ejecución, ni tampoco es irreparable, puesto que en la sentencia definitiva podrá decidirse sobre los derechos controvertidos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365530-98a3ddb7/providencias-precautorias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2034/28. Garza Cisneros Roque y coagraviado. 23 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PROVIDENCIA PRECAUTORIA, LEVANTAMIENTO DE. (s/clave)
- PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, CASOS DE PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LAS. (s/clave)
- PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS. (s/clave)
- PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS. (s/clave)
- PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS. (s/clave)
- PROVIDENCIA PRECAUTORIA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis