Corpus
Modo: Corpus Pro

FIADORES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 365543 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2346

Si en el juicio que se sigue contra el fiador, éste llama en garantía al principal obligado, no puede considerarse al último como extraño al juicio, ya que pudiendo oponer excepciones, rendir pruebas y con ellas desvirtuar la acción sería ilógico que no pudiera perjudicarlo con el resultado del juicio, por considerarlo extraño; tanto más, cuanto que a los fiadores incumbe principalmente la defensa, pues el fiador naturalmente no tiene los elementos indispensables para ese objeto, en cuanto al fondo de la cuestión.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365543-37ac5e79/fiadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2223/28. Paredes José María y coagraviados. 28 de agosto de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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