COMPETENCIAS.
Cuando las leyes de los Estados cuyos Jueces compiten, tengan a la misma disposición respecto del punto jurisdiccional controvertido, conforme a ella se decidirá la competencia, según lo manda el Código Federal de Procedimientos Civiles, e incuestionablemente debe aplicarse ese principio, cuando se trata de juicios mercantiles, que en toda la nación están regidos por el Código de Comercio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365930-2a05d006/competencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en materia civil. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Parras de la Fuente, Coahuila, y Séptimo de lo Civil de la capital. 29 de abril de 1929. Unanimidad de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA. (s/clave)
- COMPETENCIA JURISDICCIONAL. (s/clave)
- COMPETENCIA JURISDICCIONAL. (s/clave)
- COMPETENCIA JURISDICCIONAL. (s/clave)
- COMPETENCIA. (s/clave)
- COMPETENCIA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis